Legalizaciones

Legalización de Documentación Notarial

La Constitución Nacional declara que: “Los actos públicos y procedimientos judiciales de una provincia gozan de entera fe en las demás; y el Congreso puede por leyes generales determinar cuál será la forma probatoria de estos actos y procedimientos, y los efectos legales que producirán“. Todo documento con intervención notarial para su circulación fuera del ámbito de la Provincia de Santa Juan y dentro del territorio nacional debe tener legalizada la firma del Notario (escribano) interviniente. El Colegio Notarial de San Juan para la mejor atención del público ha establecido un amplio horario de atención y legalización en la Ciudad de San Juan, a saber: de 08:00 a 16:00 horas.

¿Cuántas veces debería asistir al Colegio Notarial para hacerlo?

Debería asistir dos veces:

1º Al presentar la documentación a legalizar deberá abonar el arancel por la suma de . 

2º Para retirar la documentación legalizada deberá presentar la factura de pago y será entregada según los siguientes casos:

Si el trámite se presentó en horario de mañana, de 08:00 hs. y antes de las 13:00 hs, estará para retirar desde 14:30 a 16:00 hs. En caso de no poder concurrir en ese horario, podrá solicitarlo de lunes a viernes de 8 a 16 hs.
Si el trámite se presentó en horario posterior a las 13:00 hs. y antes de las 16:00 hs, estará para retirar desde 14:30 a 16:00 hs., del día siguiente. En caso de no poder concurrir en ese horario, podrá solicitarlo de lunes a viernes de 8 a 16 hs.

Documentos que se pueden legalizar:

Fotocopias Certificadas:

Fotocopias certificadas de Sociedades, Asociaciones, Fundaciones y demás personas jurídicas.
Fotocopias certificadas por escribano de documentos que en su original están apostillados.
Fotocopias certificadas por escribano de documentos oficiales que no requieran legalización alguna como pasaportes, documentos de identidad y libretas de familia.


Aclaración: En los supuestos de autenticación de fotocopias certificadas de partidas de nacimiento, defunción o matrimonios, las mismas no tendrán validez para la realización del apostillado. Dichos documentos tendrán que ser en original expedidos por la Dirección de Registro Civil y Capacidad de las Personas de la Provincia de San Juan.

Certificación de Firmas: Certificación Notarial de firmas por notario en instrumento privado.

Escrituras Públicas:

Poderes; Autorizaciones de Viaje; Donaciones; Etc.
Títulos Universitarios en Original o Copia Legalizada.
Formularios del Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal (Firma Digitalizada).
Certificados de Antecedentes Penales (Únicamente).
Legalizaciones a Cargo de la Corte de Justicia:

Partidas expedidas por el Registro Civil en original que estén legalizados por la Corte de Justicia de la Provincia de San Juan, (Ej. Partidas de nacimiento, partidas de matrimonios, partidas de defunciones, etc.).
En el caso de los certificados de antecedentes penales extendidos por la Policía Federal se deberá tramitar el correspondiente apostillado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores (Bs. As.).

Por otro tipo de documentación no mencionada, consultar al Colegio Notarial.

Bartolomé Mitre Oeste 348
Capital - San Juan

Teléfono : (0264) 422-6606
Correo: admin@colnotarialsanjuan.org.ar

Lunes a Viernes:
de 08:00 a 16:00 hs