AVISO


APOSTILLAS
TRÁMITE NORMAL: PLAZO DE ENTREGA:  7 A 10 DÍAS HÁBILES
COSTO: 
TRÁMITE URGENTE HASTA LAS 12.00 HS. PLAZO DE ENTREGA: 24 HORAS HÁBILES POSTERIORES A SU PRESENTACIÓN
COSTO: 

Apostilla de La Haya

Documentos que se pueden apostillar:


> Fotocopias certificadas. Ejemplos.
> Certificación de firmas. Ejemplos.
> Escrituras públicas. Ejemplos.
> Títulos universitarios en original. Ejemplos.
> Formularios del Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal (Firma digitalizada).
> Otro tipo de documentación.

Apostilla: Acotación añadida que interpreta, aclara o completa un texto o algo dicho por otra persona.


¿Qué es la Apostilla de La Haya y para qué sirve?


El trámite de legalización única -denominada apostilla- consiste en colocar sobre el propio documento público una apostilla o anotación que certificará la autenticidad de los documentos públicos expedidos en otro país. Los países firmantes del XII Convenio de la Conferencia de la Haya de Derecho Internacional Privado de 5 de Octubre de 1.961 reconocen por consiguiente la autenticidad de los documentos que se han expedidos en otros países y llevan la apostilla.

La apostilla de la Haya suprime el requisito de legalización diplomática y consular de los documentos públicos que se originen en un país del convenio y que se pretendan utilizar en otros. Los documentos emitidos en un país del Convenio que hayan sido certificados por una apostilla deberán ser reconocidos en cualquier otro país del Convenio sin necesidad de otro tipo de autenticidad.

Convenio de La Haya

Esta certificación proviene del Convenio de la Haya del 5 de Octubre de 1.961, también conocida como la Convención de la apostilla, firmado en La Haya, países Bajos, que suprime el requisito de legalización de los documentos públicos extranjeros. Su vigencia entro en vigor el 24 de Enero de 1.965. La apostilla sólo tiene validez entre los países firmantes de este tratado, por lo que si el país donde se necesita utilizar el documento no pertenece a el, entonces será necesaria una legalización diplomática.

¿En qué consiste?

La apostilla consiste en certificar que la firma y el sello de un documento público ha sido puesto por una autoridad competente. Este trámite, al igual que la autenticación (legalización), únicamente certifica que la firma o sello que muestra el documento fue emitido por un funcionario público en ejercicio de sus funciones, pero no certifica la validez del contenido del mismo.


¿Para qué sirve?

Sirve para que un documento nacional sea reconocido en un país extranjero. En principio, se reconoce en aquellos países que hayan firmado un tratado internacional, conocido como la Convención de la Haya, para disminuir así los trámites necesarios para el reconocimiento de estos en países diferentes al que fue emitido

¿Cómo se realiza?

En el caso de realizarse en la ciudad de San Juan, deberá presentar la documentación a apostillar en el Colegio Notarial, sito en calle Mitre 348 oeste, tel. (0264) 4226606 y 4224285, de Lunes a Viernes de 8 a 16 hs. Allí se analizara la documentación correspondiente, en el caso de que no tenga ninguna observación se le entregara un comprobante (Factura) que luego deberá presentarlo para retirar dicho documento.
trámites necesarios para el reconocimiento de estos en países diferentes al que fue emitido.

¿Qué vigencia tiene el documento tramitado?

No posee vencimiento, pero la vigencia está determinada por el tipo de instrumento.

¿Cuántas veces debería asistir al organismo para hacerlo?

Debería asistir dos veces:

1º Al presentar la documentación a apostillar momento en el que deberá abonar el arancel correspondiente.


2º Para retirar la documentación apostillada deberá presentar la factura de pago y se le entregará según los siguientes casos:
 
Si se tratare de Apostillas judiciales y administrativas:

> Si el trámite se presentó en horario de 08:00 hs. hasta las 16:00, estará para retirar desde 13:30 hs. de la semana siguiente a la presentación. En caso de no poder concurrir en ese horario, podrá solicitarlo de lunes a viernes de 08:00 a 16:00 hs.

Si se tratare de Apostillas Notariales:

> Si el trámite se presentó en horario de mañana, desde las 08:00 hs. y hasta las 13:00 hs., estará para retirar desde 13:30 hs., a los siete días. En caso de no poder concurrir, podrá solicitarlo de lunes a viernes de 08 a 16 hs.. 

¿Dónde se puede realizar?

> Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto; sito en calle Arenales 819, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

> Colegios de Escribanos de Argentina. En San Juan: Colegio Notarial de San Juan, sito en Mitre oeste 348 , Ciudad de San Juan, CP. 5400, tel. 0264 – 4224285/4226606.

Nota: El 1º de Diciembre de 2003 entró en vigencia el convenio suscripto entre la Cancillería y el Consejo Federal del Notariado Argentino (CFNA), mediante el cual se faculta a los Colegios de Escribanos de la República Argentina a legalizar bajo el sistema de apostille, los documentos públicos que prevé el Articulo 1º de la Convención de la Haya de 1.961. Mediante este convenio, se posibilita que la ciudadanía pueda realizar los trámites ante el colegio de escribanos más próximo a su lugar de residencia, evitándose de esta manera innecesarias dilaciones y costosos desplazamientos. Finalmente, cabe destacar que la cancillería mantiene su carácter de autoridad de aplicación de la referida convención internacional, como asimismo que ejercerá la fiscalización correspondiente sobre los colegios de escribanos, conforme quedó establecido en los términos del convenio suscripto.

DOCUMENTOS QUE SE PUEDEN APOSTILLAR:

Apostillas Notariales

Fotocopias Certificadas:


En los supuestos de autenticación de fotocopias certificadas de partidas de nacimiento, defunción o matrimonios, las mismas no tendrán validez para la realización del apostillado. Dichos documentos tendrán que ser en original expedidos por el Registro Civil y Capacidad de las personas de la Provincia de San Juan y con la legalización por parte de la Corte de Justicia o con la actuación de un notario a través de la certificación correspondiente.

Certificación De Firmas. Ejemplos:

Certificación Notarial de firmas por notario en instrumento privado. Escrituras Públicas: Ejemplos:

 

Escrituras Públicas: Ejemplos:

> Poderes, Autorizaciones de Viaje; Donaciones; etc.

> Títulos Universitarios en Original o Copia Legalizada.

> Formularios del Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal (Firma Digitalizada).

> Certificados de Antecedentes Penales (únicamente).

Apostillas judiciales y administrativas:

> Partidas expedidas por el Registro Civil en original que estén legalizados por el Tribunal Superior de Justicia. (ej. Partidas de nacimiento, partidas de matrimonios, partidas de defunciones, etc.).

> Certificados de Legalidad de la Licencia de Conductor.

> Certificados de antecedentes penales que estén firmadas por el comisario de la provincia de San Juan.

> En el caso de los certificados de antecedentes penales extendidos por la Policía Federal se deberá tramitar el correspondiente apostillado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores (Bs. As.).

> Certificados de salud, los que deberán pasar por la Subsecretaria de Salud y el Tribunal Superior de Justicia, en ese orden.

Por otro tipo de documentación no prevista: consultar al Colegio Notarial.

Países para los que se debe apostillar

Bartolomé Mitre Oeste 348
Capital - San Juan

Teléfono : (0264) 422-6606
Correo: admin@colnotarialsanjuan.org.ar

Lunes a Viernes:
de 08:00 a 16:00 hs